República Dominicana: ¿a quién pertenece una memoria abandonada?

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En Santiago de los Caballeros, en la República Dominicana, algunas casas victorianas aún conservan sus balcones ornamentados, sus tejados de zinc y sus colores vivos. Sin embargo, detrás de esas fachadas, el tiempo hace mella. El abandono, el deterioro y las ocupaciones ilegales están debilitando parte de este patrimonio. Según el urbanista Reynaldo Peguero, en la ciudad quedan unos 400 edificios victorianos y republicanos. Cada uno cuenta algo más que una historia de arquitectura: un barrio, una familia, a veces incluso un episodio nacional.

Esta realidad le da un toque concreto al debate que se está llevando a cabo en la República Dominicana. El Senado aprobó en segunda lectura, el 24 de julio de 2026, un proyecto de ley sobre la protección y la adquisición del patrimonio cultural. El texto aún tiene que ser examinado por la Cámara de Diputados antes de que se remita al poder ejecutivo. Así que todavía no es una ley promulgada. Detrás de este proyecto se esconde una dificultad concreta: restaurar un edificio antiguo requiere recursos, mientras que dejar que pase el tiempo puede hacer que pierda su valor. Por eso, la solución no puede recaer ni en los propietarios ni en el Estado por sí solo.

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República Dominicana: cuando la propiedad se cruza con la memoria

El proyecto reconoce como patrimonio cultural los bienes públicos o privados que tengan valor histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico, documental, científico o etnológico. También abarca el patrimonio inmaterial, el patrimonio subacuático y ciertas colecciones. El propietario conservaría su bien, pero tendría que cumplir con unas obligaciones concretas: mantenerlo, permitir que lo inspeccionen y pedir permiso antes de hacer ciertas reformas.

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La medida más controvertida es la expropiación. En determinadas circunstancias, el Estado podría adquirir un bien privado cuando la falta de mantenimiento ponga en peligro su conservación, cuando su protección lo exija o cuando se demuestre que existe un interés público. El procedimiento debería respetar el marco legal y prever una indemnización.

Así que la cuestión va más allá de un simple conflicto entre la administración y los propietarios. Cuando se derrumba una casa histórica, no solo desaparece un edificio privado. Son las técnicas artesanales, los recuerdos familiares y una forma de vivir la ciudad las que se vuelven ininteligibles. La propiedad es de una persona. Pero la memoria que guarda puede pertenecer a toda una comunidad.

Un patrimonio vivo, no un simple decorado

En la República Dominicana, Reynaldo Peguero pide que se identifiquen mejor los edificios vulnerables y que se coordine a los actores públicos y privados. Saúl Abreu, director ejecutivo de la Asociación para el Desarrollo de Santiago, también cree que el Estado debería plantearse la adquisición de propiedades con un gran valor patrimonial. El objetivo no sería dejar esas casas tal y como están, sino darles una nueva función: museo, espacio cultural, centro de formación o edificio institucional.

Este enfoque encaja con una idea clave para la República Dominicana: proteger no significa solo conservar una fachada para los visitantes. Un patrimonio sigue vivo cuando se sigue visitando, contando su historia y transmitiéndola. Sin uso, una restauración puede convertirse en una cáscara vacía. Sin habitantes, artesanos, historiadores y asociaciones, la protección legal no basta.

El proyecto también prevé un derecho de adquisición preferente para el Estado cuando un propietario quiera vender un bien patrimonial. Regulara las intervenciones en los monumentos nacionales, la salida del territorio de ciertos objetos y las excavaciones arqueológicas. También se prevén sanciones que van desde 10 hasta 50 salarios mínimos del sector público.

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¿Quién decidirá qué merece ser salvado?

Sin embargo, el texto plantea varias preguntas. ¿Cómo se determina que un propietario ya no cumple con su deber de conservación? ¿Qué ayudas se le ofrecerán antes de una expropiación? ¿Cómo se fija una indemnización justa? Y, sobre todo, ¿dispondrá el Estado después de los presupuestos, los especialistas y el tiempo necesarios para restaurar los bienes adquiridos? Estas preguntas son fundamentales. Una ley de protección no debe convertirse en una herramienta arbitraria. Debe basarse en inventarios transparentes, peritajes independientes, vías de recurso accesibles y una estrategia a largo plazo. También debe reconocer que algunos propietarios quieren conservar su bien, pero simplemente no tienen los medios para hacerlo.

En la República Dominicana, el debate no se reduce, pues, a elegir entre la propiedad privada y la intervención pública. Nos invita a construir una responsabilidad compartida. El Estado puede regular y financiar. Los propietarios pueden mantener y transmitir. Las comunidades pueden documentar. Los ciudadanos pueden volver a dar un lugar a estos sitios en la vida cotidiana. En el fondo, la pregunta es sencilla: cuando un edificio forma parte de nuestra historia común, ¿tenemos que esperar a que desaparezca para darnos cuenta de que era importante?

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El proyecto tiene como objetivo evitar que desaparezcan edificios, objetos o colecciones con valor patrimonial. Se podría plantearse una expropiación regulada cuando el abandono o la falta de mantenimiento pongan en peligro su conservación.

No. El texto ya lo ha aprobado el Senado dominicano en segunda lectura, pero aún tiene que seguir su proceso legislativo antes de que se pueda promulgar.

La protección podría referirse a edificios históricos, obras de arte, archivos, colecciones, yacimientos arqueológicos y otros bienes materiales o inmateriales reconocidos por su valor cultural.

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